• El tribunal reconoce que a los trabajadores contratados a través de ETTs y que prestan sus servicios en Qualytel Teleservices se les deben aplicar las medidas acordadas en el plan de igualdad de la empresa.
La Audiencia Nacional ha dictado una importante sentencia, tras una demanda interpuesta por USO, junto con otras organizaciones sindicales, que declara el derecho del personal contratado a través de ETTs a que se les apliquen las medidas acordadas en el plan de igualdad de Qualytel Teleservices, ya sean de nueva creación o por ampliación de las recogidas en el Convenio Colectivo de Contact Center.
“Se trata de la primera sentencia de este tipo a nivel nacional en la que se recalca la equiparación de los derechos entre trabajadores de empresas usuarias y de ETTs”, destaca Sara García de las Heras, secretaria de Acción Sindical y Salud Laboral de USO.
Qualytel Teleservices cuenta con una plantilla de unos 6.500 trabajadores, de los que aproximadamente el 25% están cedidos temporalmente por ETTs. “Esta sentencia sitúa a los trabajadores de empresas de trabajo temporal en una posición equiparable a los trabajadores de la empresa usuaria, cuando realizan las mismas funciones. Supone además respetar el espíritu de la normativa que regula las empresas de trabajo temporal, ya que la realidad es que se vienen recurriendo a las ETTs, no para casos de especialidad productiva, si no realizando un uso perverso de la normativa con la finalidad de rebajar las condiciones laborales”, defiende García de las Heras.
Esta sentencia interpreta el artículo 11 de la Ley 14/1994 de las Empresas de Trabajo Temporal, la cual en su última reforma incorpora a nuestro derecho la Directiva 2008/104/CE, sobre el principio de igualdad de trato.
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