- El sindicato USO respaldará las reclamaciones de las familias con trabajadores fallecidos por el coronavirus ante la falta de una ley que evite ese nuevo trance
- Además, USO pide que el reconocimiento médico pase a ser obligatorio durante la pervivencia del virus
La Unión Sindical Obrera ha vuelto a registrar en el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones la petición de que la muerte por Covid-19 sea considerada asimilada a accidente de trabajo, tal y como sí se considera el aislamiento o contagio.
El pasado 8 de abril, USO inició esta petición, “y recibimos como respuesta que se estudiaría. Sin embargo, casi mes y medio después, con decenas de leyes exprés promulgadas, este punto sigue sin tratarse. En USO consideramos de vital importancia para las familias que, tal y como ya se recogió el 10 de marzo con respecto a la convalecencia, el fallecimiento sea considerado situación asimilada a accidente laboral”, expone Sara García, secretaria de Acción Sindical y Salud Laboral de USO.
El RD-ley 6/2020 consideraba el contagio o posible contagio por covid-19 como accidente laboral únicamente a efectos de prestación económica de incapacidad temporal del sistema de Seguridad Social. “Pero no lo hacía extensible al fallecimiento. En USO tenemos casos de afiliados que se encontraban en situación de incapacidad temporal asimilada a accidente de trabajo por dar positivo en covid-19, que han fallecido por esta causa y que dicha muerte no se ha considerado accidente de trabajo. Nuestro sindicato respaldará todas las reclamaciones individuales de las familias de los fallecidos para conseguir esa consideración ante la falta de amparo de una norma común que unifique la propia incongruencia del decreto”, continúa la secretaria de Acción Sindical y Salud Laboral de USO.
En cuanto a la vuelta al trabajo, Sara García abunda en que “Sanidad debería establecer la obligatoriedad excepcional de los reconocimientos médicos y las pruebas de detección. La Ley de Prevención de Riesgos contempla que de forma objetivable el reconocimiento puede ser obligatorio, cuando prime la salud de un colectivo por encima del derecho de un trabajador a no realizarse ese reconocimiento. Ahora mismo, la salud de uno es la salud de todos y debería clarificarse en general, y no estudiar caso por caso”.
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