• Los más de 400 tripulantes afectados por esta sentencia podrán reclamar su derecho a ser reconocidos como trabajadores de Ryanair y a tener las condiciones laborales que los contratados directamente por la aerolínea
La Audiencia Nacional ha emitido sentencia en la que declara que los contratos de trabajo de más de 400 tripulantes de cabina con Crewlink y Workforce para prestar servicios para Ryanair DAC constituyen una cesión ilegal de trabajadores, donde el verdadero empresario es Ryanair. Por tanto, la Audiencia reconoce el derecho de los trabajadores ilegalmente cedidos a optar por la condición de trabajadores en la aerolínea Ryanair.
Los más de 400 tripulantes afectados por esta sentencia, ahora podrán reclamar su derecho a ser reconocidos como trabajadores de Ryanair y a tener unas condiciones laborales equivalentes a aquellos contratados directamente por la aerolínea irlandesa. USO-Sector Aéreo recuerda que la diferencia salarial entre los tripulantes de agencia y los contratados por la propia Ryanair ronda entre el 40% y el 60%.
Tras esta sentencia, Ryanair no podrá continuar con su modelo de negocio ilegal en España. Un negocio que, desde 2004, cuando Ryanair inició el uso de “agencias” para contratar al personal de cabina, se ha basado en atentar contra los derechos de los trabajadores ya que la legislación obliga a retribuir de igual manera a trabajadores contratados por la propia empresa y a aquellos contratados por empresas de trabajo temporal. Gracias a este ilegal modelo, Ryanair ha competido durante años en el mercado laboral abaratando costes laborales de manera considerable y abusiva, en comparación a aquellos competidores que aplicaban las mismas condiciones a sus trabajadores.
Lidia Arasanz, de USO-Ryanair, valora esta nueva sentencia “con la que se vuelve a evidenciar que el modelo “exitoso” de Ryanair es fraudulento y basado en el abuso, como han calificado ya diversas sentencias y resoluciones de Inspección. La justicia española le ha enviado un rotundo mensaje a Ryanair: no todo vale”.
Por su parte, Manuel Lodeiro, de SITCPLA, confía “en la resolución favorable de aquellos conflictos que aún se encuentran a la espera de su valoración por los tribunales, cuya resolución es clave para crear una base legal robusta, que sirva para normalizar, al fin, las relaciones laborales en el seno de Ryanair”.
Denuncias ante Inspección de Trabajo
Los sindicatos USO y SITCPLA demandaron a la compañía irlandesa argumentando que en los diferentes contratos de trabajo existía un régimen disciplinario idéntico, un régimen de ruta, protocolo de prestación de servicios y guía para los trabajadores que son establecidos por Ryanair, iguales para todos los trabajadores, fueran estos contratados por Ryanair, Crewlink o Workforce.
Es decir, los trabajadores contratados por las denominadas “agencias de contratación” prestan sus servicios de igual forma que la plantilla de Ryanair, realizando las mismas tareas, portando el mismo uniforme, utilizando las mismas tarjetas de identificación y recibiendo una misma formación.
Estos hechos ya habían sido constatados por la Inspección de Trabajo, tras denuncia de los sindicatos, y ahora se confirman en sentencia de la Audiencia Nacional.
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