El Juzgado de lo Social nº2 de Santiago de Compostela sentencia la nulidad del despido, la readmisión de la tcp de Ryanair despedida y el abono de indemnización
Primera sentencia y readmisión de una tripulante de cabina (tcp) de Ryanair despedida durante la huelga convocada por USO y SITCPLA en 2022. Más de 40 trabajadores de las distintas bases en las que opera Ryanair en España fueron despedidos por ejercer su derecho a huelga.
La primera sentencia, dictada por el Juzgado de lo Social nº2 de Santiago de Compostela, se pronuncia sobre el despido de una tripulante de cabina del aeropuerto de Santiago de Compostela que se negó a aceptar cambios de vuelo en los servicios mínimos asignados en varias jornadas de huelga.
Así, establece la nulidad del despido realizado por Ryanair a la tcp por vulneración de su derecho fundamental a la huelga, y obliga a su readmisión en las mismas condiciones que tenía con anterioridad, con abono de los salarios de tramitación desde la fecha del despido hasta la de su efectiva readmisión y a abonar una indemnización por daños y perjuicios.
Contraria a derecho cualquier actividad del empleador que persiga dejar sin efecto la huelga
El juzgado justifica su decisión argumentando que “lo proscrito con carácter general es la actividad del empleador tendente a dejar sin efecto las consecuencias de la huelga, no solamente la sustitución completa de todas las funciones que el trabajador en huelga debía desarrollar. Ese es el núcleo esencial del derecho de huelga, por tanto, entendemos contraria al derecho a la huelga cualquier medida que decida el empleador con ese efecto”.
Continúa argumentando que “la conducta de la empresa supone una transgresión del derecho constitucional a la huelga por lo que procede declarar la nulidad del despido por vulnerar el mismo”.
Esta sentencia se sustenta también en el acta de infracción emitida por Inspección de Trabajo, que sancionó a Ryanair por vulnerar el derecho a huelga, al hacer cambios de servicios mínimos durante el tiempo de descanso de los tripulantes y suplantar a trabajadores en huelga desde otras bases españolas y extranjeras, entre otros motivos.
Desde USO-Sector Aéreo y la Asociación de Tripulantes de Ryanair (ATR) valoran esta primera sentencia, de las más de 45 demandas por despido interpuestas por USO-ATR, “la primera en ser condenatoria y dar la razón a los trabajadores. Mientras políticos de todo color reciben con alfombra roja a Ryanair y su modelo de negocio basado en el abuso de trabajadores y pasajeros, somos sindicatos como USO-ATR los que, junto con jueces e Inspección de Trabajo, contribuimos a poner freno a esta empresa que sigue resistiéndose a cumplir con la ley”.
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