El embarazo de riesgo es una situación especial que obliga a tomar algunas medidas preventivas en el trabajo, incluyendo cambio de puesto o baja con plenos derechos salariales

El embarazo de riesgo es una situación que requiere una atención especial en el trabajo para garantizar la seguridad y la salud, tanto de la trabajadora embarazada como del feto. La prevención de riesgos laborales es crucial para minimizar cualquier riesgo que pueda surgir durante el embarazo y el periodo de lactancia.

Definición de embarazo de riesgo

Un embarazo de riesgo es aquel que presenta complicaciones o condiciones médicas que pueden afectar negativamente a la salud de la madre o del feto. Estas condiciones pueden incluir:

  • Hipertensión arterial.
  • Diabetes gestacional.
  • Anemia severa.
  • Problemas cardíacos o renales.
  • Embarazos múltiples.
  • Antecedentes de abortos espontáneos.

Riesgos laborales que pueden afectar de forma específica al embarazo

Hay diferentes riesgos laborales que pueden afectar de forma específica y negativa al embarazo:

  1. Riesgos físicos:
    1. Exposición a movimientos repetitivos, posturas forzadas, levantamiento de cargas pesadas.
    2. Exposición a vibraciones o radiaciones.
    3. Trabajo en ambientes con temperaturas extremas.
  2. Riesgos químicos:
    1. Contacto con sustancias tóxicas, como disolventes, pesticidas o metales pesados.
    2. Exposición a gases y vapores peligrosos.
  3. Riesgos biológicos:
    1. Exposición a agentes infecciosos.
  4. Riesgos psicosociales:
    1. Estrés laboral, jornadas laborales extensas o trabajo nocturno.
    2. Factores de acoso o presión psicológica.

Medidas preventivas frente al embarazo de riesgo

Estos son los pasos a seguir en materia preventiva en el trabajo frente a un embarazo de riesgo:

  1. Evaluación de riesgos:
    1. Realizar una evaluación específica de riesgos para la trabajadora embarazada.
    2. Identificar y valorar los riesgos específicos relacionados con el puesto de trabajo y las condiciones de salud de la empleada.
  2. Adaptación del puesto de trabajo:
    1. Modificar las condiciones del puesto para eliminar o reducir los riesgos identificados.
    2. Ajustar las tareas que impliquen esfuerzo físico, exposición a sustancias peligrosas o situaciones estresantes.
    3. Implementar cambios en la organización del trabajo, como reducir las horas de pie, evitar turnos nocturnos o permitir pausas frecuentes.
  3. Información y formación:
    1. Informar a la trabajadora embarazada sobre los riesgos identificados y las medidas preventivas adoptadas.
    2. Ofrecer formación específica sobre ergonomía y buenas prácticas laborales durante el embarazo.
  4. Reubicación temporal:
    1. Si no es posible eliminar los riesgos del puesto de trabajo, considerar la reubicación de la trabajadora en un puesto alternativo sin riesgos.
    2. Garantizar que la reubicación no implique una disminución en los ingresos de la trabajadora.
  5. Suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo:
    1. En casos donde no sea posible eliminar el riesgo ni reubicar a la trabajadora, se puede proceder a la suspensión del contrato de trabajo con derecho a una prestación económica, conforme a lo establecido en la legislación vigente. Lo mas habitual en estas situaciones es que se conceda a la trabajadora una baja medica motivada por el embarazo de riesgo, que finaliza con el parto, situación que da inicio a la baja por maternidad.

Normativa reguladora

En España, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales y el Estatuto de los Trabajadores establecen un marco legal para la protección de las trabajadoras embarazadas.

Algunos puntos clave incluyen:

  • Evaluación específica de riesgos: el empresario debe evaluar y considerar los riesgos específicos para las trabajadoras embarazadas y en periodo de lactancia.
  • Protección de la maternidad: garantizar la salud de la trabajadora y del feto mediante la adaptación del puesto de trabajo o, si es necesario, la reubicación o la suspensión del contrato.
  • Prestaciones económicas: las trabajadoras tienen derecho a una prestación económica en caso de suspensión del contrato por riesgo durante el embarazo o la lactancia.

En esta situación, aunque la baja se asimile a contingencias comunes, la trabajadora percibe el 100 % de la base reguladora del mes anterior a la baja.

La gestión adecuada de los riesgos laborales para trabajadoras embarazadas es esencial para asegurar su bienestar y el del feto. Implementar medidas preventivas efectivas y cumplir con la legislación vigente no solo protege la salud de la empleada, sino que también contribuye a un entorno laboral más seguro y equitativo.

Desde USO, queremos resaltar la importancia de la seguridad y salud laboral en relación con las situaciones derivadas de la maternidad. Los delegados y delegadas de prevención son las personas que pueden ayudarnos a resolver dudas y orientarnos en caso de encontrarnos en esta situación para poder garantizar la correcta aplicación de la protección al conjunto de las personas trabajadoras, independientemente de la situación concreta de cada una de ellas.