La Audiencia Nacional respalda la participación de USO en el Consejo de Desarrollo Sostenible y desestima el recurso de CCOO y UGT para excluirnos
La Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional ha desestimado un recurso interpuesto por CCOO y UGT para excluir a USO del órgano de participación y consulta “Consejo de Desarrollo Sostenible”, ligado al Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. Asimismo, ha condenado en costas a los demandantes.
USO valora el resultado de la sentencia como un reconocimiento a la pluralidad sindical que existe en nuestro país. Realidad que no puede ser penalizada por el abuso de la Ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS), la cual menoscaba la labor sindical de otros sindicatos fuera de CCOO y UGT en la vida civil.
Un recurso interpuesto para frenar la participación
El recurso de CCOO y UGT se remonta a una demanda interpuesta por la Asesoría Jurídica Confederal de USO contra la composición inicial del Consejo de Desarrollo Sostenible (CDS), que únicamente contemplaba la participación de los dos sindicatos mayoritarios en el órgano institucional.
El art. 1 de la orden que regula la composición y el funcionamiento del Consejo de Desarrollo Sostenible lo define como “un órgano asesor, de colaboración y cauce de la participación de la sociedad civil para el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la Agenda 2030”. De esta definición se infiere que la participación ha de ser lo más abierta y plural posible, para lograr contar con la representación del mayor número de sectores de la sociedad.
Los argumentos esgrimidos por USO fueron aceptados por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, que publicó una nueva orden incluyendo, además de a UGT y CCOO, a otros tres sindicatos de ámbito nacional (USO, CSIF y CGT).
Tras la corrección, el CDS empezó a funcionar contando con cinco vocalías para los sindicatos, una de ellas para USO. UGT y CCOO decidieron no participar e interponer una demanda, basando su argumentación en el incumplimiento de la Ley Orgánica de Libertad Sindical (LOLS); específicamente en lo que concierne a los artículos 6 y 7, sobre la representatividad sindical.
Finalmente, la sentencia de la Audiencia Nacional ha desestimado el recurso contencioso-administrativo, con imposición de costas a las partes recurrentes, al no hallar vulneración alguna a la LOLS ni entender la orden como arbitraria, como así defendían los demandantes.
La sentencia resalta la libertad sindical
La sentencia, que no es firme, recoge aspectos importantes que la Asesoría Jurídica Confederal de USO defendió en su momento. Uno de los aspectos que viene a contradecir la principal argumentación del recurso es que precisamente la orden que contempla la participación de más sindicatos, además de los dos mayoritarios, es garante del derecho fundamental a la libertad sindical. La sentencia recoge que el principio de representatividad para la participación en órganos institucionales debe aplicarse con proporcionalidad.
En el caso particular del CDS, este órgano excede la representación institucional, ya que sus funciones y finalidad “se proyectan sobre cuestiones que atañen a la totalidad de los ciudadanos, con un enfoque participativo, que incluye a las organizaciones sociales, económicas, medioambientales y culturales, además de a empresarios y a sindicatos”. Por lo que limitar la participación a los sindicatos más representativos limita el derecho fundamental a la libertad sindical.
USO celebra la desestimación del recurso y urge a la reforma de la LOLS para acabar con una ley que privilegia a los dos sindicatos mayoritarios e impide avanzar en la profundización de la democracia, a través de la participación de un mayor número de actores sindicales.
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