El Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha obligado a la empresa Eulen de Seguridad a indemnizar con 3.000 euros y devolver a su puesto original de trabajo a un representante sindical de USO, responsable además de la FTSP-USO de Castilla y León. El fallo considera probado que nuestro compañero, que presta sus servicios en Valladolid, fue objeto de persecución y represión sindical y acosado por defender los intereses de los trabajadores en nombre de la USO.
La sentencia es muy dura con la empresa Eulen, pues considera que vulneró el derecho fundamental de libertad sindical de nuestro compañero. “Persecución sindical que dura ya largos años, no solo hacia este delegado, sino a todos los afiliados de la USO”, lamentan desde la FTSP-USO de Castilla y León.
Ahora, C.M.F.S. volverá a su anterior centro de trabajo, con el horario que tenía en el mismo, que también le habían modificado. Este episodio de persecución comenzó en 2017, cuando el trabajador, vigilante nocturno durante más de veinte años en el edificio de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente en Valladolid, fue cambiado de centro de trabajo y de horario tras varias denuncias interpuestas ante la Inspección de Trabajo como delegado sindical de USO.
Entre las deficiencias demandadas por nuestro compañero, estaban la falta de cuadrante anual de horarios, unos turnos de nueve horas nocturnas o los agravios comparativos con otros representantes sindicales y acoso a trabajadores afiliados a la USO. Eulen fue obligada, tras la denuncia del delegado, a elaborar los citados cuadrantes. Solo dos meses después de la denuncia, la empresa trasladó al trabajador a la fábrica Lingotes Especiales, con el correspondiente cambio de horario de 23 a 7 horas, a uno de 22 a 6 horas. El traslado produjo a su vez una pérdida de derechos de los compañeros de Lingotes Especiales, que dejaron de percibir el complemento de nocturnidad por la llegada de un nuevo trabajador a ese turno.
Tras una primera denuncia en el Juzgado de lo Social número 2 de Valladolid por la modificación sustancial de las condiciones de trabajo y vulneración de la libertad sindical, dicha sala consideró que sí había modificación pero no vulneración. Por lo tanto, Eulen tuvo que devolverle su antiguo horario, pero no recibió ninguna sanción ni el trabajador pudo volver a su anterior centro de trabajo.
Tanto el delegado como Eulen Seguridad presentaron recurso ante el TSJCyL, cuya sentencia ha sido muy dura con la empresa. No solo se reafirma en la modificación de condiciones, sino que exige la vuelta del trabajador a su centro anterior y considera que sí ha habido vulneración de derechos sindicales, por lo que impone una indemnización de 3.000 euros al trabajador. La FTSP-USO de Castilla y León abunda en que “la empresa tiene una especial fijación con la USO, tanto con este miembro del comité como por los afiliados que lo respaldan, por ser la parte más reivindicativa de la representación sindical”. La sentencia abre la puerta, además, a exigir responsabilidades tanto a la Jefatura del Departamento de Personal como a la de Seguridad de la empresa, “puesto que, igual que el resto de trabajadores están sometidos a un régimen disciplinario, los jefes de Departamento sobre los que una sentencia dicta represión a un delegado sindical no pueden quedar al margen de estas responsabilidades disciplinarias”.
Este nuevo caso de represión sindical contra delegados de la USO se une, entre otros, al de los compañeros del Grupo Celsa, que han tenido que ser readmitidos en la planta de Cantabria.
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