El Servicio Canario de la Salud ha sido condenado a pagar una indemnización de casi 196.000 euros a una enfermera a la que se le reconoció un grado de incapacidad laboral permanente debido a una agresión por parte de un paciente en el año 2015.
El fallo del Juzgado de lo Social número 9 de Las Palmas de Gran Canaria ha considerado un “incumplimiento de la normativa de riesgos laborales”, estableciendo que, en este caso, no se aplicaron las medidas de seguridad adecuadas establecidas en el Plan de Prevención contra Agresiones a los Trabajadores del Servicio Canario de la Salud.
La enfermera trabajaba en un hospital psiquiátrico como personal estatutario eventual, en el otoño de 2015, cuando sucedió la agresión y recibió asistencia sanitaria el mismo día de los hechos, padeciendo en principio un esguince de muñeca. Con el paso del tiempo, el esguince se complicó y derivó en una inmovilidad por la que se le declaró una incapacidad permanente en mayo de 2017.
El Equipo de Valoración de Incapacidades del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) propuso la calificación de la trabajadora como incapacitada permanente, en grado de absoluta. La trabajadora permaneció en situación de Incapacidad Temporal desde el 26 de septiembre de 2015 hasta el 25 de mayo de 2017.
Hay que destacar que el Servicio Canario de Salud elaboró en 2006 el “Plan de Prevención de las Agresiones a los Trabajadores del Servicio Canario de Salud”, para este tipo de situaciones que, según considera la sentencia, en esta ocasión no se llevó a cabo.
Estos hechos revelan la importancia de una implantación efectiva y real de la prevención de riesgos en el sector público estatal, quedando reflejado en este caso la falta de elaboración de un Plan de Prevención de Riesgos Laborales e información a la trabajadora sobre los riesgos inherentes a su puesto de trabajo.
Comments are closed.