En el Día de la Visibilidad Lésbica destacamos el trabajo del colectivo para materializar sus derechos y hacer frente a la doble discriminación que sufren: ser mujer y lesbiana
El Día de la Visibilidad Lésbica es un día para empoderar y destacar la existencia de las mujeres lesbianas, cuenta con un trasfondo reivindicativo y de celebración a través del que se destaca la presencia de este colectivo y su trascendental trabajo en la materialización de sus derechos humanos. En España, se conmemora el 26 de abril y surgió en el año 2008, declarado Año de la Visibilidad Lésbica.
Este acto de reivindicación ha sido incorporado en la agenda de diferentes países y ha seguido distintos procesos para su establecimiento. Aunque no se conmemore el mismo día, lo importante es que se reconozca y se impulse el respeto a la dignidad y derechos de las mujeres lesbianas en todo el mundo.
Hoy, desde USO celebramos y conmemoramos la presencia de las mujeres lesbianas, reconocemos las grandes aportaciones que realizan día a día, exigimos el respeto a sus derechos y combatimos la lesbofobia.
¿Por qué es importante la visibilidad lésbica?
Si bien es cierto, cada vez es más normalizada la presencia de los diferentes colectivos que conforman la diversidad sexual y, en teoría, encontramos menos resistencias para la materialización de sus derechos, a día de hoy es frecuente encontrar barreras en el acceso a los derechos de las mujeres lesbianas. Siguen existiendo actos de lesbofobia y vemos cómo, sistemáticamente, los prejuicios, estigmas, roles de género tradicionales y, en términos generales, el sistema patriarcal actúa en contra de este colectivo de población.
Hay que tener en cuenta que, en este caso, se sufre una doble discriminación, ya que se da la coincidencia de dos hechos diferenciales y, por tanto, susceptibles de discriminación en una misma persona: ser mujer y ser, además, lesbiana.
Dentro de las manifestaciones en contra de las mujeres lesbianas encontramos el sexilio, fenómeno frecuente y que consiste en el abandono de las personas LGTBI de su lugar de residencia por sufrir rechazo, discriminación o violencia, dándose especialmente en las zonas rurales.
¿Qué avances ha habido en la protección a los derechos de las mujeres lesbianas?
En el marco de este día, es necesario destacar la Ley 4/2023, de 28 de febrero, para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI. Esta ley busca la igualdad efectiva; garantizar integralmente los derechos de la comunidad LGTBI+; incorporar un enfoque interseccional en las medidas que se emprendan y combatir la LGTBIfobia.
¿Qué ocurre en el mundo del trabajo?
En pocos años hemos pasado por diferentes situaciones hasta llegar al momento actual, que no significa, ni de lejos, que este todo hecho. En un primer momento, las mujeres lesbianas eran absolutamente invisibles en la empresa -lo que no se nombra, no existe-, y solo sufrían discriminación por ser mujeres.
Sin embargo, en el momento en que estas mujeres decidieron dar un paso más y comenzaron a visibilizarse, en la empresa, cambió ligeramente el planteamiento: eres mujer, lesbiana, y eso significa que no vas a desarrollar el tradicional rol asignado a la mujer heterosexual. Es decir, no te vas a casar y no vas a tener una familia que atender, con lo que desde la empresa se contaba especialmente con ellas, pero sin equipararlas totalmente con los hombres, pero sí por encima de las compañeras heterosexuales.
Somos mujeres, somos lesbianas, y, como cualquier persona, tenemos derecho a decidir cómo queremos vivir. Si queremos casarnos, tener hijos, asumir responsabilidades familiares que conciliar con nuestra profesión, etc. En definitiva, las mujeres lesbianas no exigen nada que no esté socialmente reconocido y asumido para las personas “normativas”. Como cada persona, ellas también son únicas y tienen sus propias circunstancias y condicionantes y, en ningún caso, ni el género ni la sexualidad pueden condicionar que se tengan más o menos derechos. Tampoco en el el ámbito de la seguridad y salud laboral, pues cualquier conducta que pueda suponer acoso o discriminación por estos motivos, debe considerarse un riesgo psicosocial que debe controlarse y eliminarse.
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