La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León ha desestimado la apelación de la Diputación Provincial de Salamanca y ha reafirmado, con más dureza aún en sus conclusiones, la sentencia del Juzgado Contencioso Administrativo nº 2 de Salamanca que declaraba nula la convocatoria para cubrir el puesto de trabajo de Coordinador de Servicios del Área de Bienestar Social. La sentencia condena en costas a la Diputación de Salamanca.
La convocatoria impugnada establecía que, para la provisión de este puesto, podrían participar en la convocatoria personal funcionario de carrera del grupo A2/B de cualquier Administración Pública.
La sentencia dictada por el TSJ de Castilla y León clarifica que en la Diputación de Salamanca no existe el grupo B; que los puestos abiertos a otras administraciones publicas están condicionados a un convenio de reciprocidad y que, asimismo, deben figurar en la relación de puestos de trabajo (RPT) de la Diputación.
Tanto USO como CCOO han intentado por todos los medios solucionar esta cuestión por la vía del diálogo, de la negociación, pero la actitud del equipo de gobierno no ha dado lugar a otra vía que solicitar el amparo de la justicia.
Desde USO, deseamos que esta sentencia haga reflexionar sobre la política de recursos humanos de la Diputación y llame a los sindicatos a una mesa de diálogo para paralizar la actividad de las causas pendientes en los tribunales.
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