USO-Madrid presentó demanda contra la empresa de gestión de siniestros y decesos Iris Assistance, de la que conoció el Juzgado de lo Social nº 22 de Madrid, y cuya resolución fue publicada el pasado 18 de noviembre de 2019. El objeto de la demanda es el reconocimiento de dos trabajadores a la categoría profesional de supervisor de área, así como el pago de las diferencias salariales derivadas de dicha categoría para ambos trabajadores, aunque el fin último perseguido es la supresión de la tarea de reasignación de servicios por los agentes.
Los trabajadores venían prestando servicios con la categoría de asistencia sénior, desempeñando las funciones propias reguladas en el artículo 9 del convenio colectivo de aplicación. Sin embargo, en diciembre de 2016, Iris Assistance implantó una nueva aplicación denominada “Ágora”, una herramienta de trabajo que tiene como objetivo la gestión de las tareas diarias a través del Ipad. Cuando las tareas se actualizaban, la Coordinadora Centralizada de la empresa era la encargada de asignar las nuevas visitas que debían realizar los trabajadores. Al mismo tiempo, los trabajadores tenían como directriz de la demandada que, en caso de no poder realizar el servicio, ellos mismos debían reasignar la tarea a otro compañero que se encontrara trabajando en ese momento o del turno siguiente.
La función de organización de las tareas a través de la reasignación que realizaban los trabajadores es lo que motivó la pretensión de reconocerles la categoría de supervisor de área, por aplicación del artículo 10 del convenio colectivo de la empresa. No obstante, el Juzgado de lo Social de Madrid desestima la demanda al considerar que “para que se pueda obtener la clasificación pretendida tiene que haber una situación de origen asentada, en la que se venga realizando no solo parte de las labores que identifican una categoría profesional sino la totalidad de ellas (…)”.
Eliminada la obligación de los agentes de reasignar los servicios
Aunque la sentencia emitida es desestimatoria, USO ha conseguido que la empresa elimine la tarea de reasignación de servicios por los agentes. Asimismo, la sentencia deja constancia de las denuncias interpuestas por USO contra Iris Assistance ante la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de Madrid y de Barcelona.
El informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Madrid de 24 de enero de 2019, en materia de evaluación de riesgos psicosociales, hace referencia al sistema de organización Ágora. En dicho informe consta que se levantó acta de infracción por faltas graves a Iris Assistance en materia de evaluación de riesgos psicosociales del método de trabajo Ágora. Además, el Informe de la Inspección Provincial de Trabajo y Seguridad Social de 15 de junio de 2019, refleja que los dos trabajadores realizan las tareas propias de su categoría profesional, agente de asistencia y, además, una tarea propia del supervisor, que es la de reasignar las visitas que se le han asignado inicialmente a ellos pero que por coincidir con otra visita que están realizando no pueden hacer.
Desde USO, a través de nuestros Delegados de Prevención, seguiremos denunciando los riesgos, incumplimientos y abusos que se generan en las empresas por la interpretación torticera del Estatuto de los Trabajadores y el incumplimiento de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales en la implantación de nuevos sistemas de trabajo que, en lugar de facilitar el desarrollo de sus tareas, provocan una carga de trabajo superior y un estrés añadido al tener que asumir responsabilidades que no les corresponden.
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