USO considera que el proyecto de Directiva Europea para combatir la violencia contra las mujeres se queda corto en la protección de sus derechos
El proyecto de Directiva Europea para combatir la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica comenzó a desarrollarse en 2022. Persigue el objetivo de garantizar un nivel mínimo de protección contra este tipo de violencia en toda la Unión y establece una serie de principios básicos y condiciones mínimas de protección de los derechos de las mujeres. Estamos ante el primer instrumento de esta naturaleza en el ámbito europeo para combatir la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, por lo que sería muy preocupante que los términos actuales del proyecto sean los que se aprueben en el mes de julio.
“Como sabemos el proceso de elaboración de una directiva es una tarea de negociación. En él se integran diversas experiencias, enfoques especializados, se reconocen desafíos en la materia y se busca integrar buenas prácticas que permitan la protección amplia de las personas y sus derechos. Sin embargo, en el proyecto actual advertimos enormes riesgos en la protección de las mujeres y sus derechos”, alerta Lourdes Pedrazuela, secretaria de Políticas Sociales, Igualdad y Formación de USO.
Consentimiento y violencia en el lugar de trabajo
Desde USO vemos con preocupación la eliminación en el proyecto de directiva de la tipificación de la violación basada en la falta de consentimiento. La justifican con el argumento de que la violación existe como tipo penal en la normativa interna de cada uno de los países miembros. “Este es un argumento parcial, ya que, si bien es cierto, la violación existe como delito en las diferentes leyes penales, la intención de incluir el consentimiento en esta directiva tiene el objetivo claro de homologar los alcances y particularidades del delito en la Unión Europea. Poniendo el énfasis en el consentimiento, se pone en valor la autonomía de las mujeres y se dan pasos en el respeto integral hacia su dignidad y derechos”, considera Pedrazuela.
El consentimiento debe ser un aspecto central en la normativa penal que pretende proteger la integridad y libertad sexual de las personas. Éste, lamentablemente, no ha tenido reconocida su relevancia en las normativas penales. De ahí deriva la importancia de que la directiva considere la violación en la falta de consentimiento, una excelente oportunidad para dar un paso certero en esta materia. En España, actualmente se cuenta con la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual, la cual incorpora al consentimiento.
“Otro aspecto que nos preocupa es la débil consideración que se incluye en el proyecto de directiva respecto de la seguridad de las mujeres en el lugar de trabajo. No se reconoce la interconexión de las violencias que sufren las mujeres en el ámbito laboral, además de que existe una escasa consideración de las personas representantes de salud y seguridad y las evaluaciones de riesgos”, apunta la secretaria de Políticas Sociales, Igualdad y Empleo.
En conclusión, una directiva que pretenda actuar decididamente frente a la violencia contra las mujeres requiere tener incorporado el enfoque de género y de derechos humanos, sin el cual no se puede avanzar en la protección de integral de la mujer. Los términos actuales del proyecto resultan insuficientes en un contexto en el que la violencia contra las mujeres es una constante y en el que, frecuentemente, nos encontramos noticias respecto de asesinatos de mujeres a causa de violencias machistas.
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