La Sala de lo Social, sección 1º, del Tribunal Superior de Justicia de Santa Cruz de Tenerife ha fallado a favor de la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Canarias en el procedimiento 2/2017 en materia de impugnación de convenio colectivo de ámbito territorial frente a la mercantil Sinergias de Vigilancia y Seguridad S.A.
Los hechos se remontan a julio de 2015, tras el informe de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social se presentó demanda de oficio impugnando el convenio de empresa de ámbito territorial por falta de legitimación de la parte social para negociar el mismo. Dicho convenio, concurría con el convenio colectivo de empresa de ámbito nacional, y al ser un convenio de ámbito inferior a la empresa, no podía aplicarse de forma preferente al convenio colectivo sectorial, el Nacional de Empresas de Vigilancia y Seguridad privada.
Asimismo, el convenio impugnado establecía la retroactividad de sus tablas salariales desde diciembre de 2014, lo que contravenía el principio de irretroactividad de normas restrictivas de derechos individuales ya que esas tablas salariales eran inferiores a las del convenio colectivo sectorial.
La sentencia, estima íntegramente la demanda de oficio presentada por la Dirección General de Trabajo del Gobierno de Canarias y, en consecuencia, declara la inaplicabilidad íntegra del convenio colectivo de empresa de ámbito territorial de Sinergias Vigilancia y Seguridad S.A. por concurrencia total con el convenio colectivo de la misma empresa publicado en el Boletín Oficial del Estado 230/15 del 25 de Septiembre.
Sindicalmente, es un nuevo éxito de nuestro sindicato en la lucha en contra de las empresas que denominamos ‘pirata’ y que da un nuevo respiro a los trabajadores que padecen a esta empresa.
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