En el día de ayer, la Federación de Industria de USO tuvo conocimiento del fallo de la Audiencia Nacional. En la demanda presentada defendíamos que los trabajadores de las contratas de la minería se les reconociera el derecho a acogerse a las Ayudas Sociales del Plan del Carbón 2013-2018, en las mismas condiciones que los trabajadores de la empresa titular de explotación, estimándose de ese modo la inadecuación del procedimiento alegada por el Ministerio Fiscal.
En el fallo de la demanda de conflicto colectivo, promovido por la Federación de Industria y por USO Confederación, se declara la incompetencia de jurisdicción por razón de la materia, por lo que, sin entrar en las excepciones propuestas ni en el fondo, deja el asunto imprejuzgado, y declara la competencia del orden jurisdiccional contencioso-administrativo para conocer del litigio, donde los demandantes podrán ejercer las acciones que estimen oportunas.
No obstante, en dicha sentencia, a pesar de no entrar en el fondo del asunto, se recoge como hecho probado en su artículo séptimo uno de los argumentos que siempre hemos defendido, “los trabajadores de las empresas subcontratadas, que realizan funciones de conductores y picadores trabajan en las mismas condiciones que los trabajadores de las empresas titulares de las unidades de producción”.
Reconociendo de esta forma, primero, que debiera imperar el principio de igualdad en las actividades de los trabajadores de las empresas titulares y de las empresas subcontratadas, y segundo, que se debieran considerar a ambas empresas titulares o no, como unidades de producción.
Además nuestra organización sindical defiende que las ayudas sociales del Plan del Carbón, tienen su origen en la decisión de la Unión Europea de 10 de Diciembre de 2010, donde se establece que “las ayudas se darán a las unidades de producción” que consideramos y defendemos que está compuesta por los trabajadores que prestan servicios en la misma, incluyendo a los trabajadores propios y a los trabajadores de las contratas, como así consta en el hecho probado anteriormente mencionado, del artículo séptimo de la sentencia de la Audiencia Nacional.
Por estos motivos, desde la Federación de Industria de USO, estudiaremos y valoraremos la posibilidad de seguir adelante con la defensa jurídica de los derechos de los trabajadores de las subcontratas de la minería del carbón, recordando que somos la única organización sindical que combate tanto la vulneración del derecho de igualdad, como la interpretación de las unidades de producción, ante el Ministerio de Industria, Energía y Turismo, Ministerio Fiscal, Instituto del Carbón, Carbunión, CCOO y UGT, con el objetivo de que los trabajadores más desprotegidos también puedan beneficiarse de las ayudas sociales del Plan del Carbón 2013-2018.
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