Los gobiernos españoles, cualesquiera sea su orientación partidaria, al igual que el resto de los países europeos, han estado propiciando la incorporación del sector privado empresarial al ámbito de la cooperación al desarrollo. El interés viene incrementándose en la medida de que hay una reducción del presupuesto público para la cooperación y también como una vía para que las empresas incrementen su actividad exterior y puedan ‘retornar’ hacia nuestro país los beneficios de los diferentes proyectos de cooperación y de inversiones que se realizan en países con rentas medias inferiores.
España tuvo un perfil pobre en la Declaración de Busan. Apoyó el párrafo referente a la empresa privada en la cooperación al desarrollo, como lo hizo sobre el trabajo decente, pero no quiso incidir sobre corrupción, transparencia fiscal o lucha contra los paraísos fiscales que afectan a la capacidad de los estados para lograr una mejor eficiencia o recursos públicos, o a la exclusión en la cooperación Sur-Sur de los principios de la Declaración de París, liderada por China.
Pero para una mayor coherencia de su política exterior quiere implementar un Plan de Empresa y Derechos Humanos que compatibilice su discurso de apoyo a la empresa y cooperación y el respeto a los derechos humanos. Ha preparado un Borrador que está siendo discutido por las ONG de cooperación al desarrollo, sindicatos y otros agentes sociales, además de las estructuras empresariales.
Dicho Borrador quiere trasladar formalmente los Principios Rectores sobre las empresas y los derechos humanos, aprobados el 16 de junio de 2011, por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas en su resolución 17/4 (A/HRC/17/31). Estos fueron elaborados por el profesor Ruggie, Representante Especial del Secretario General de Naciones Unidas para la cuestión de los derechos humanos y las empresas transnacionales y otras empresas.
Los Principios Rectores aclaran y concretan los tres pilares del Marco de Naciones Unidas “proteger, respetar y remediar” respaldados en el año 2008 por el Consejo de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, a saber:
1. La obligación del Estado de proteger de abusos a los derechos humanos por parte de terceros, incluidas las empresas;
2. La responsabilidad empresarial de respetar los derechos humanos; y
3. Un mayor acceso a la reparación, judicial y extra-judicial, por parte de las víctimas.
El Borrador señala que estos Principios Rectores recogen el derecho internacional vigente, se aplican a todos los estados y a todas las empresas, tanto transnacionales como de otro tipo, con independencia de su tamaño, sector, ubicación (interior o exterior), propietarios y estructura y remarca que en ningún caso debe interpretarse que estos Principios Rectores establecen nuevas obligaciones de derecho internacional ni que restrinjan o reduzcan las obligaciones legales que un Estado haya asumido, o a las que esté sujeto de conformidad con las normas de derecho internacional en materia de derechos humanos.
USO, directamente, o a través del Observatorio de Responsabilidad Social Corporativa, al que también pertenece CCOO, o a través de la Coordinadora de ONG al Desarrollo, al que pertenecen las diferentes estructuras de cooperación al desarrollo de los diferentes sindicatos españoles, en nuestro caso, SOTERMUN, ha criticado y ha hecho sus aportaciones a ese Borrador.
Así se ha señalado que los ’derechos humanos’ deben ser entendidos inclusivamente a los contenidos del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, y demás convenciones internacionales.
Por nuestra parte queríamos evitar la dualidad de comportamiento de las empresas en nuestro país, de la matriz, normalmente acorde a la legislación europea, con las subsidiarias y cadenas de valor que tenga dichas empresas, fijando que cada una desarrolle un plan y cronograma de igualación de normas de comportamientos, superando las regulaciones ‘nacionales’ más débiles.
El asunto de la transparencia informativa, fiscal y fijar plazos concretos de publicidad o de procedimientos de quejas y reparación es el segundo bloque de propuestas.
Finalmente, insistimos en un aspecto no recogido taxativamente en los Principios de Ruggie que se refiere a marcar una frontera contra los paraísos fiscales. Estos son la base financiera que hace posible la corrupción, las ilegalidades y que favorece la desigualdad y la incapacidad de los estados para procurar bienes y servicios públicos.
No se puede hablar de desarrollo y mantener la vigencia y legalidad de los paraísos fiscales. Ese es un reto para que haya desarrollo. Los sindicatos debemos formar parte de la campaña contra su existencia y fortalecer las alianzas sociales frente a las prácticas peores del capitalismo.
Artículo escrito por Santiago González Vallejo, USO-Sotermun (España) y publicado en el Boletín de la Red Sindical de Cooperación al Desarrollo, de la CSI.
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