Los trabajadores de Justicia de toda España afrontan mañana, 16 de noviembre, una jornada de huelga contra la modificación de la Ley Orgánica del Poder Judicial que recorta los derechos laborales de estos funcionarios.
En las dependencias judiciales de todo el Estado se llevarán a cabo concentraciones, a pesar de los impedimientos que se han puesto desde distintos ámbitos. “Concretamente, la Subdelegación del Gobierno en Sevilla no autorizaba las concentraciones convocadas desde el 6 de noviembre, y finalmente ha sido el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía quien, tras una denuncia de nuestro sindicato, nos ha dado la razón, permitiendo las concentraciones e imponiendo costas a la Administración”, explica Javier Toro, secretario general de SPJ-USO.
Sin embargo, en el caso de la autorización de la concentración de Madrid, a pesar de presentar recurso ante el TSJM, al ser denegado el permiso previamente, esta concentración convocada por FEP-USO no se podrá llevar a cabo al no autorizarla, en clara contradición con la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
Coincidiendo con esta jornada de huelga, el secretario general de SPJ-USO, Javier Toro, junto a la secretaria de Comunicación y Estudios Sindicales de USO, Laura Estévez, mantendrán un encuentro con la senadora de Ciudadanos, Lorena Roldán, en la que le harán entrega de las 4.500 firmas recogidas contra esta reforma legal que recorta los derechos laborales de los funcionarios de Justicia.
La reforma del articulo 521 de la LOPJ, iniciada por el Partido Popular y continuada por el PSOE, acaba con la concreción y seguridad de los destinos, pudiendo la Administración cambiar de centro de trabajo al empleado público dentro de un mismo municipio por necesidades del servicio, tal y como denuncia SPJ-USO.
También, esta reforma conlleva otras modificaciones que inciden directamente en el recorte de derechos laborales como son que la adscripción de jueces de refuerzo no conllevará por ley el aumento de funcionarios; solo se sustituirán las plazas ocupadas por titulares y no por interinos, y el personal interino será cesado en un plazo máximo de seis meses, aún cuando persistan las causas que motivaron su nombramiento.
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