¿Qué es la ludopatía y cómo puede perjudicarnos la adicción al juego en el trabajo?
La ludopatía, el juego patológico, es una enfermedad grave, que está mundialmente reconocida como un trastorno mental por la Organización Mundial de la Salud.
Desde USO defendemos que es fundamental el papel de los delegados de prevención en la elaboración de protocolos que ayuden a la prevención de la ludopatía y diseñen opciones de rehabilitación para evitar el despido. Para ello, es fundamental conocer la jurisprudencia sobre la calificación del despido y los problemas que la ludopatía genera en la persona afectada y, por extensión, sobre el clima laboral.
¿Qué dice la jurisprudencia sobre un despido por adicción al juego?
La sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de 23 mayo 2002, es una de las primeras sobre ludopatía. En su razonamiento, se expone que “tales enfermos no están capacitados para administrar su propio dinero ni tampoco el ajeno, y que para comenzar a tratar la enfermedad es prioritario que el paciente no tenga acceso al dinero, salvo lo imprescindible para sus gastos diarios, que, asimismo, deben de ser controlados por alguien de su confianza, de manera que es notorio que una persona con tal padecimiento no puede desempeñar un puesto de trabajo en el que individualmente haya de recaudar dinero, lo que supone una exposición constante a la causa que genera su patológica adicción, que difícilmente puede coadyuvar a erradicar”.
En este caso, se dirimía la calificación del despido disciplinario de un trabajador de la ONCE. La Sala del TSJM ordenaba la readmisión automática. No obstante, el Tribunal Supremo revocó la sentencia y declaró el despido como improcedente.
Este ha sido el sentido de las resoluciones más recientes: declarar la improcedencia sin tener en cuenta la nota de culpabilidad. Culpabilidad que exoneraba, no merecía la sanción de despido (sentencia del TSJ de Baleares de 25 septiembre de 2014) a un trabajador con un trastorno mental que había agredido a un compañero el día que no tomó su medicación.
Si para que te puedan despedir la conducta reprochable debe ser grave y culpable y, el trastorno mental, la ludopatía, elimina la culpabilidad, no se debieran de calificar con la improcedencia si no con otra sanción de menor perjuicio para la persona enferma.
Repercusiones laborales de la ludopatía
Para analizar las repercusiones de la ludopatía en el ámbito laboral tendremos en cuenta un estudio realizado por el Colegio Oficial de Psicólogos de Madrid. En él se plasman las repercusiones laborales de ludópatas de máquinas tragaperras. La muestra fueron 121 personas, siendo el 85% varones, de los que el 81% estaba trabajando. De las personas en situación de desempleo, el 65% se encuentran en esta situación por problemas derivados del juego.
El principal problema derivado de la ludopatía es el absentismo. El 47% se ha ausentado o llegado tarde al trabajo porque pierden la noción del tiempo durante una sesión de juego. En el momento actual, el absentismo se transforma en presentismo debido a la proliferación del juego online. El 39% mostraba problemas de rendimiento o de concentración en sus tareas. Los problemas económicos o la búsqueda de dinero para apostar llevan a una falta de concentración. En algunos casos, puede suponer un aumento de la siniestralidad laboral por el puesto ocupado.
Otro punto destacado es el aumento de la conflictividad laboral hacia la empresa y los propios compañeros debido a la irritabilidad y la menor tolerancia a las frustraciones. Si la persona ocupa un puesto donde maneje dinero, lo tomará “prestado”, teniendo la consecuencia de despido. El despido, con sus efectos económicos negativos, puede ser el detonante para que la persona tome consciencia de su problema y pida ayuda.
También, la movilidad funcional puede ser un problema o una solución. Problema, por el menoscabo producido en la dignidad del trabajador si le degradan de responsabilidades, aunque le respeten sus condiciones económicas. Solución, si deja de tener deseos constantes de coger lo que no es suyo.
Planes preventivos y empatía
Existen actualmente planes preventivos para paliar los efectos de las adicciones en grandes empresas, entre ellas, la ludopatía. Sin embargo, debe ser a través de los organismos públicos donde se afronte la protección a estas personas enfermas. Se enfrentan dos preceptos constitucionales: el derecho a la seguridad e higiene en el trabajo (artículo 40.2 CE) y el derecho a la libertad de empresa (artículo 38 CE). Por tanto, los competentes para regular, deberían de actuar.
Si creemos que una persona de la empresa tiene problemas con el juego, debemos apoyarle para que no sienta que está solo ante esta dificultad. Debemos empatizar para comprender cómo se ha llegado a esta situación y ayudarle a buscar ayuda profesional.
Con la regulación de las casas de apuestas del 2011 se abrió un nuevo mercado donde el Estado percibió un aumento de recaudación de impuestos sin tener en cuenta los perjuicios que podría tener para la ciudadanía. Las comunidades autónomas han regulado por decretos, imponiendo restricciones y mayor control de acceso a menores o prohibiciones de concentración, entre otras medidas.
Desde USO, exigimos una regulación más restrictiva y unificada para estas casas de apuestas que están generando un problema grave; sobre todo, en jóvenes en desempleo o en situaciones precarias, al instalarse en zonas con menos recursos y mayores tasas de desempleo.
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