Medidas para garantizar los suministros a colectivos vulnerables, como ayudas para pagar la factura de la luz
El Gobierno ha puesto en marcha una serie de medidas para garantizar los suministros a consumidores vulnerables, más conocidas como ayudas para la factura de la luz, mientras dure la crisis provocada por el brote de coronavirus.
Debido a la situación de vulnerabilidad en la que se encuentran muchos hogares, el Gobierno ha tomado una serie de nuevas medidas para los consumidores en situación de vulnerabilidad o exclusión social través del Real Decreto-Ley 8/2020 de 17 de marzo.
Entre estas medidas, está la prohibición durante un mes, a contar a partir del 17 de marzo y prorrogable mientras dure el estado de alarma, del corte de suministro eléctrico, agua o gas a toda persona o unidad familiar que se encuentre en situación de vulnerabilidad. Esto es, aquellas que son beneficiarias del bono social eléctrico o que sean consumidores vulnerables, vulnerables severos o consumidor en riesgo de exclusión social.
Se prorroga el bono social eléctrico como medida principal de las ayudas para la factura de la luz
El Real Decreto 897/2017 definió la figura de consumidor vulnerable beneficiario del bono social eléctrico. En el texto legal se recoge un descuento del 25% para consumidores vulnerables; un 40% para los consumidores severos y, en el caso de los consumidores en riesgo de exclusión social, no se tendrá que hacer frente a la factura eléctrica. Para solicitar el bono social eléctrico se debe tener contratado el precio voluntario para el pequeño consumidor (PVPC). Se solicita a través del teléfono o correo electrónico de las comercializadoras de referencia y su duración es de dos años.
Otra de las nuevas medidas adoptadas por la crisis del COVID-19 afecta a la duración de los bonos ya existentes. El nuevo RD establece una prórroga de la vigencia de todos los bonos que expiren en estas fechas y alarga su duración hasta el 15 de septiembre de 2020.
Se suspende la revisión de precio de gases licuados
Por último, el nuevo RD establece también la suspensión de la revisión de precio de gases licuados del petróleo envasados, entre ellos el de la bombona de butano y de la Tarifa de Último Recurso de gas natural, evitando alzas en el precio.
La revisión del precio de gases licuados del petróleo se realiza cada dos meses y queda suspendida para los tres siguientes bimestres. En el caso de la TUR de gas natural, la revisión es trimestral y se aprueba la suspensión por dos trimestres.
El sindicato USO valora la puesta en marcha de estas medidas destinadas a proteger a las personas más vulnerables y emplaza a tomar las decisiones que sean necesarias para que la vida de los trabajadores no se vea drásticamente afectada por esta crisis.
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