Instrucciones para tramitar el permiso de trabajo y residencia para inmigrantes con empleo en el campo una vez caducado el decreto por coronavirus
Las condiciones para la obtención del permiso de trabajo y de residencia para jóvenes inmigrantes se ha adaptado en los últimos meses a las condiciones especiales del trabajo en el campo. Con la llegada del coronavirus y la declaración de emergencia sanitaria, el trabajo en agricultura y ganadería, estacional y con fuerte movilidad, ha precisado de una regulación especial.
En primer lugar, se publicó el Real Decreto-ley 13/2020, de 7 de abril, que se prorrogó después hasta el 30 de septiembre. Según estas medidas urgentes en materia de empleo agrario, se concedían de forma automática los permisos.
Ahora, este decreto ya no está en vigor. Por ello, la Dirección General de Migraciones ha publicado las instrucciones necesarias para que en todo el territorio se sigan los mismos criterios a la hora de tramitar los permisos de residencia y trabajo, ya que esa concesión automática ha desaparecido y hay que solicitar el permiso en el plazo de un mes.
Para obtener el permiso de residencia y trabajo, los jóvenes extranjeros nacionales de terceros países deben cumplir unos requisitos establecidos por la Dirección General de Trabajadores que resumimos de forma esquemática.
¿A quién se le puede conceder la autorización de residencia y trabajo?
A aquellos jóvenes extranjeros de entre 18 y 21 años que hayan sido contratados en el sector agrario desde el 9 de abril hasta el 30 de septiembre y que se encuentren en situación regular.
¿Y si el extranjero ha cumplido a fecha 30 de septiembre los 22 años?
También podrá solicitarlo, si cumple el resto de requisitos: estar en situación regular y haber sido contratado en el sector agrario.
¿Quién puede presentar la solicitud del permiso de residencia y trabajo?
Lo podrá solicitar la propia persona afectada, a través de otra persona que la represente, o mediante los medios telemáticos habilitados.
Ante cualquier duda, puede solicitar información en todas las sedes de USO y, especialmente, en las que se gestiona el programa de Asesoramiento e Inserción Sociolaboral de Personas Inmigrantes.
¿Qué requisitos básicos deben cumplirse para el permiso de trabajo de inmigrantes con empleo en el campo?
Los requisitos indispensables para obtener el permiso de residencia y trabajo son dos:
- Haber sido contratado en el sector agrario y no haber renunciado al trabajo.
- No tener antecedentes penales.
¿Cuál es el plazo para presentar la solicitud?
El plazo para presentar la solicitud comienza el 1 de octubre y finalizará el 30 de octubre 2020.
¿Dónde se tramita la solicitud?
La solicitud se tramitará en las delegaciones o subdelegaciones del Gobierno de la provincia en la que resida la persona solicitante.
¿Cuánto pueden tardar en resolver la solicitud?
El plazo para resolver la solicitud será de un mes.
¿Y si no se resuelve en un mes?
Si pasado ese mes no han resuelto la solicitud, el permiso se entenderá como concedido. Es lo que se llama “silencio administrativo” positivo.
¿Cuál es la vigencia y el alcance de la autorización?
La autorización concedida tendrá una vigencia de dos años. Será válida para trabajar en cualquier actividad y en toda España. Con ella, se puede trabajar por cuenta ajena o por cuenta propia.
¿Hay que hacer algún trámite después de la concesión de la autorización?
Sí. En el plazo de un mes desde que se notifique la concesión, deberá solicitarse la tarjeta de identidad de extranjero, lo que se conoce como “pedir cita para la TIE”. TIE es la tarjeta física. En este paso, es en el que se pone la huella digital.
¿Podrá renovarse? ¿Cuándo se puede presentar la solicitud de renovación?
Sí. El permiso podrá renovarse por otros dos años. La renovación debe solicitarse durante los 60 días naturales previos a la fecha de expiración de la vigencia. Esta fecha es la fecha de caducidad que aparece impresa en la tarjeta. Los 60 días incluyen sábados, domingos y festivos.
También puede presentarse dentro de los 90 días naturales posteriores a esa fecha de caducidad. No obstante, la ley expone “sin perjuicio de la posible sanción por presentarla en ese plazo”. Por ello, recomendamos presentarla en esos 60 días previos.
Tampoco debe presentarse antes de esos 60 días, ya que la pueden denegar por estar presentada antes de tiempo.
¿Cuándo se puede solicitar la autorización de larga duración?
Algunos de los extranjeros seguramente llevarán más de 5 años residiendo en España, ya que se tienen en cuenta los años en los que tuvieron solo autorización para residir. Por eso, puede que, a la hora de renovar o durante la vigencia de su nueva autorización para residir y trabajar, lleguen a los 5 años de residencia legal.
Así, podrán solicitar la autorización de residencia de larga duración, la que se conoce popularmente como “permanente”. Su vigencia es indefinida, aunque hay que renovarla cada 5 años. Se renueva como un DNI: con la solicitud, la foto y la huella, sin tener que presentar más documentos.
Sobre solicitud y renovación de autorizaciones de trabajo, USO pone a tu disposición un manual más extenso sobre la tramitación de permisos que recoge todos los posibles casos que puedan darse.
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