El próximo 26 de mayo se celebran elecciones municipales, autonómicas y europeas. Concretamente, elecciones a las Asambleas Legislativas de las comunidades autónomas de Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Castilla y León, Extremadura, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Comunidad Foral de Navarra y La Rioja; asambleas de las Ciudades Autónomas de Ceuta y Melilla; elecciones municipales (para los ayuntamientos) en todo el territorio nacional; elecciones a entidades de ámbito territorial inferior al municipio (EATIM): cabildos insulares canarios; juntas Generales de Territorio Histórico de Araba/Álava, Bizkaia y Gipuzkoa; al Consejo General del Valle de Arán (Lleida); elecciones a los Consejos Insulares de Ibiza, Mallorca y Menorca, y elecciones al Parlamento Europeo (Fuente: Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación).
Estos son los permisos retribuidos que tienes si trabajas el próximo 26-M en:
Andalucía, Aragón, Principado de Asturias, Illes Balears, Islas Canarias, Castilla-La Mancha, Extremadura, Galicia, La Rioja, Comunidad de Madrid, Región de Murcia, Navarra y Comunitat Valenciana
- Si tu horario de trabajo coincide menos de 2 horas con el horario de apertura de los colegios electorales, no tienes derecho a permiso retribuido.
- Si tu horario coincide entre 2 y 4 horas, tendrás un permiso retribuido de 2 horas.
- Si tu horario coincide entre 4 y 6 horas, dispondrás de un permiso retribuido de 3 horas.
- Si tu horario coincide más de 6 horas, tendrás un permiso retribuido de 4 horas.
Castilla y León, Cantabria
- Dispondrás de hasta 4 horas libres para el ejercicio de derecho a voto. Cuando el trabajo se preste en jornada reducida se llevará a cabo una reducción proporcional del permiso.
Euskadi.
- Si tu horario de trabajo coincide 4 o más horas con el horario de apertura de colegios electorales, disfrutarás de un permiso retribuido de 4 horas.
- Si tu horario coincide en menos de 4 horas con el horario de apertura de colegios electorales, el permiso se reducirá al tiempo que coincide con el horario laboral.
Catalunya
- Coincidencia en menos de 2 horas, no hay permiso retribuido.
- De 2 a 4 horas de coincidencia, 2 horas de permiso.
- Más de 4 horas de coincidencia, 4 horas de permiso.
Si eres trabajador/a a tiempo parcial:
- La duración de los permisos se reducirá en proporción a la relación entre la jornada de trabajo que desarrolles y jornada habitual de los trabajadores a tiempo completo en la misma empresa.
Si eres miembro de una mesa electoral:
- Presidente/a Vocal o Interventor/a: permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación. Al día siguiente, tendrás una reducción de jornada de 5 horas.
- Apoderado/a: permiso retribuido de jornada completa durante el día de la votación.
- Suplente: si no se necesita el servicio, volverás a tu puesto de trabajo. Si se necesita el servicio, te corresponderían los permisos mencionados anteriormente.
- Si trabajas de noche el 25 de mayo, podrás solicitar cambio de turno.
Utilización de las horas:
- La decisión del momento de utilización de las horas concedidas para ir a votar, es potestad de la empresa en base a la organización del trabajo.
Justificación:
- La empresa podrá solicitarte la certificación del voto, o en su caso, la acreditación como miembro de la mesa electoral.
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