Desde USO continuamos diciendo no al CETA porque:
● El CETA autorizaría a miles de empresas extranjeras a demandar a los países donde tienen pensado invertir o han invertido por medidas legítimas y no discriminatorias para la protección de la población y del planeta. Nada en el tratado o en las declaraciones anexas podría impedir a las transnacionales utilizar los derechos de los inversores que otorga el CETA para intimidar a los gobernantes, con el fin de que dejen de regular en interés público. Por ejemplo, para abordar el cambio climático. El CETA, incluso deja la puerta abierta para indemnizar a los inversores foráneos por beneficios no realizados (lucro cesante) si un cambio normativo afectará negativamente a sus inversiones. Lejos de haber reformado “radicalmente” el ISDS (Investor-State Dispute Settlement), el mecanismo de resolución de conflictos inversor-Estado, el CETA lo expande y lo arraiga.
● El ‘tribunal de disputas sobre las inversiones, ICS, garantiza a los inversores unos derechos sustantivos, pero no sus correspondientes obligaciones. No permite a los ciudadanos, a las comunidades o a los sindicatos presentar una demanda cuando una empresa viola normas ambientales, laborales, sanitarias, de seguridad y otras. Esto puede ser incompatible con el derecho comunitario, ya que establece un sistema legal paralelo que autoriza a los inversores a eludir los tribunales existentes. El ICS es discriminatorio porque garantiza derechos a los inversores extranjeros que no son permitidos ni a la ciudadanía ni a los inversores nacionales.
● En un neto contraste con los derechos de las corporaciones, las disposiciones del CETA en cuanto a derechos laborales y desarrollo sostenible no pueden ser ejecutables mediante sanciones. Quedan como declaraciones huecas que no tienen en cuenta los peligros que otros capítulos del tratado significan para los derechos de los trabajadores, la protección del medioambiente y las medidas para mitigar el cambio climático.
● El CETA limita seriamente la capacidad de los gobiernos para crear, expandir y regular los servicios públicos y para revertir liberalizaciones y privatizaciones fallidas, a causa de las cláusulas standstill y ratchet. El CETA es el primer tratado de la Unión Europea que hace de la liberalización de los servicios la regla, y de una regulación de interés público la excepción a través de la lista negativa de compromisos.
● Un estudio independiente de los impactos económicos del CETA predice que se perderán puestos de trabajo, tanto en la Unión Europea como en Canadá; que el crecimiento económico será más lento con el tratado, y que la pequeña ganancia en ingresos iría principalmente a los dueños del capital y no a los trabajadores. Como resultado, se espera que estando en vigor el CETA, la desigualdad sea mayor.
● El CETA hace que Canadá y la Unión Europea sean más vulnerables a las crisis financieras puesto que se producirá una mayor liberalización de los mercados financieros. También se restringirán severamente las reformas que tienen por objeto eliminar las causas claves de la inestabilidad financiera, y que aseguren una mejor protección de los consumidores y la economía en su conjunto.
● El CETA pone en riesgo el acceso de los ciudadanos a medicamentos necesarios para su salud. En Canadá, el CETA aumentaría el precio de las recetas de medicamentos para las administraciones provinciales, al menos, 858 millones de dólares canadienses por año. Algunos derechos de propiedad intelectual en el CETA se parecen mucho al texto del ACTA (Anti-Counterfeiting Trade Agreement), un tratado que fue rechazado en 2012 por el Parlamento Europeo.
● Las normas del CETA en cuanto a la cooperación reguladora y las regulaciones nacionales pondrán obstáculos adicionales a los gobiernos para ejercer su labor legislativa, y reforzarán el papel de los lobbistas empresariales en los procesos de elaboración de las políticas públicas. Con el establecimiento de un Comité Mixto se podrá adoptar decisiones vinculantes sin participación democrática.
● En ambos lados del Atlántico, el CETA expondría a los agricultores a una presiones competitivas que minarían su modo de vida a cambio de un pequeño beneficio para los consumidores, aumentaría el control sobre las semillas, obstruiría las políticas de compra de alimentos locales y amenazaría los estándares de la producción y procesamiento de alimentos, destruyendo todo esfuerzo para impulsar la agricultura sostenible.
● Las medidas de precaución para proteger a los consumidores, la salud pública y el medio ambiente pueden ser cuestionadas por el CETA, con la excusa de que son medidas gravosas, que no tienen base científica y que pueden ser barreras disimuladas al comercio. Nada en el texto del CETA o en las declaraciones anexas protege efectivamente el papel del principio de precaución europeo. El CETA es el resultado de un proceso de negociación secreto entre el anterior gobierno canadiense y la anterior Comisión Europea. El parlamento español no puede proponer enmienda alguna. Sólo es posible el “tómalo o déjalo”, el voto afirmativo o negativo de las 1.600 páginas del tratado.
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