El Gabinete de Salud Laboral de USO analiza una importante sentencia del TSJ de La Rioja que aborda la infradeclaración de accidentes laborales y protege los derechos de las personas trabajadoras

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja ha reconocido como accidente de trabajo la lesión de una trabajadora de Primark que, inicialmente, fue considerada como una enfermedad común. Esta sentencia supone un paso importante en cuanto a la infradeclaración de accidentes laborales y la protección de los derechos de las personas trabajadoras.

Lesión durante la jornada considerada enfermedad común

La trabajadora sufrió una lesión en el hombro derecho mientras abría cajas durante su jornada laboral (nexo temporal), sintiendo dolor inmediato que, posteriormente se agravó, limitando su capacidad funcional (nexo causal). Aunque el dolor apareció en el trabajo, tanto la Mutua como el INSS clasificaron la lesión como enfermedad común, negando que tuviera relación con su actividad laboral.

La trabajadora solicitó que se reconociera la lesión como accidente de trabajo, con sus correspondientes implicaciones en la cobertura y prestaciones económicas. Al recurrir a los tribunales, el Juzgado de lo Social rechazó su demanda al argumentar que la tendinitis preexistente no estaba relacionada con el esfuerzo realizado en el trabajo. Sin embargo, el caso llegó al Tribunal Superior de Justicia, que sí ha reconocido la lesión como accidente laboral.

El TSJ de La Rioja reconoce la contingencia como accidente de trabajo

El Tribunal ha determinado que:

  • La tarea realizada en el trabajo fue la causa del daño, aunque había una patología previa -tendinitis-, el esfuerzo laboral desencadenó la lesión y la incapacidad.
  • Presunción de origen laboral: si una lesión ocurre en el trabajo, se presume que es laboral salvo prueba en contra.
  • La trabajadora no tenía síntomas anteriormente: se encontraba operativa hasta el momento del accidente, lo que refuerza su relación con el trabajo.

Frenar la infradeclaración de los accidentes laborales

Desde USO, como venimos haciendo desde hace tiempo, luchamos contra la infradeclaración de accidentes laborales, práctica habitual de algunas Mutuas y del INSS que suelen calificar muchas lesiones como enfermedad común para reducir costes.

Este fallo deja claro que:

  • Las enfermedades o lesiones previas pueden agravarse por el trabajo y convertirse en accidentes laborales.
  • En muchas ocasiones, las mutuas tratan de calificar lesiones laborales como enfermedades comunes, obligando a los trabajadores a luchar judicialmente por sus derechos.
  • Esta infradeclaración puede retrasar los tratamientos adecuados y afectar gravemente a la salud de las personas trabajadoras.

Asesoramiento y apoyo legal por parte de los delegados de prevención

Casos como éste demuestran la necesidad de asesoramiento y apoyo legal para las personas trabajadoras que ven negados, una y otra vez, sus derechos. Desde USO recordamos la importancia de la figura de los delegados y delegadas de prevención para la defensa de sus derechos y la lucha por unas condiciones de trabajo cada vez más saludables y seguras.

La sentencia también pone de manifiesto la importancia de analizar los riesgos ergonómicos en actividades de carga, descarga y manipulación de mercancías.

El fallo es un precedente importante en la defensa de los derechos laborales. Delegados y delegadas, así como comités de empresa vigilar para evitar que se minusvaloren las lesiones derivadas del trabajo y garantizar que las personas trabajadoras reciban la protección que les corresponde.

Si tienes dudas o necesitas ayuda, contacta con los delegados y delegadas de USO. Estamos para defender tus derechos.