La justicia gallega ha reconocido el derecho a teletrabajo a una empleada de Atento con guarda legal por cuidado de mayor, tras demanda presentada por USO
El Juzgado de lo Social nº3 de A Coruña ha fallado a favor de la demanda presentada por USO contra Atento Teleservicios España reconociendo el derecho a teletrabajo por cuidado de mayor. La empresa Atento había obligado a una trabajadora a reincorporarse de manera presencial al centro de trabajo coruñés a pesar de tener reconocida una guarda legal por cuidado de mayor y solicitar el mantenimiento del teletrabajo para poder conciliar la vida laboral y familiar. En ella recaen los cuidados de su madre de edad avanzada.
En su fallo, que ya es firme tras no presentar recurso la empresa, la justicia reconoce el derecho de la empleada a adaptar su jornada de trabajo por cuidado de su madre, conforme al artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, pasando a prestar su trabajo en régimen de trabajo a distancia o teletrabajo en el horario que realizaba en el régimen de trabajo presencial.
Adaptación de su jornada y teletrabajo por cuidado de mayor
La trabajadora, que venía desarrollando su trabajo en la modalidad a distancia hasta noviembre de 2021, solicitó a Atento, en marzo de 2022, la adaptación de su jornada para atender a su madre por el riesgo de contagio del covid-19, dado su carácter vulnerable y el hecho de que, en el centro de trabajo, estaba en contacto con otros trabajadores. Atento denegó la solicitud de adaptación de jornada sin negociar con la trabajadora y sin ofrecer ninguna alternativa, siendo ahora la justicia la que obliga a la empresa a hacer efectivo el derecho de la trabajadora a la conciliación de la vida familiar y laboral.
La secretaria de Igualdad, Formación y Comunicación de la Federación de Servicios de USO, Ana Belén Palacios, considera que esta resolución judicial “abre la puerta a muchas personas trabajadoras que demandan el teletrabajo como modelo principal para ejercer su profesión y poder compatibilizar su vida familiar con su vida laboral. La conciliación es un derecho fundamental y las empresas deberían ofrecer mecanismos de conciliación que lo garanticen para que ningún trabajador tenga que recurrir a los tribunales para hacerlo efectivo”.
Por su parte, David Sánchez, responsable del sector de Contact-Center en USO, destaca que esta sentencia “supone un gran triunfo, porque en el sector hay un gran número de empresas, como es el caso de Atento, que no quieren el teletrabajo para sus plantillas a pesar de que reduce el absentismo o que, en plena pandemia, sus empleados teletrabajaron con sus propios medios y sin recibir compensación alguna por ello. Desde USO, seguiremos reivindicando el teletrabajo como herramienta para conciliar la vida laboral y familiar también en los call-center”.
Comments are closed.