El 30 de diciembre se publicó en el BOE una Orden del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que regula la gestión colectiva de contrataciones en origen (GECCO). Te la resumimos
El BOE ha publicado la orden del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones que regula la gestión colectiva de contrataciones en origen (GECCO) para 2022.
Con la pandemia aún como telón de fondo, este año se aprobarán únicamente los contratos de obra y servicio y se prescindirá de las contrataciones estables y de la concesión de visados para hijos y nietos de españoles.
¿Qué es la GECCO?
El procedimiento de gestión colectiva de contrataciones se aprueba anualmente por el Ministerio de Inclusión, bajo el marco de la Ley Orgánica 4/2000 de 11 de enero, y en función de “la situación nacional de empleo, la previsión anual de las ocupaciones y de las cifras previstas de empleos que pueden cubrirse a través de esta vía”.
Consiste, fundamentalmente, en la tramitación y concesión de autorizaciones de residencia y trabajo a extranjeros para que puedan trabajar en España.
Dicha gestión se lleva a cabo con un doble objetivo: por un lado, permite cubrir mano de obra que difícilmente se cubre en el mercado laboral interior – en función de la situación y capacidad de acogida del país- y, por otro, refuerza las relaciones de colaboración entre países y facilita una migración regular, segura y ordenada.
La norma se establece así como una herramienta que permite desarrollar proyectos de migración circular con terceros países, especialmente en sectores con más demanda de mano de obra.
Novedades de la Orden de 2022
Lo más importante de la orden aprobada para 2022 es que no aprueba las contrataciones de puestos de trabajo de carácter estable y se limita, por tanto, a los temporales y de obra y servicio. Tampoco prevé la concesión de visados para hijos y nietos de españoles.
Tras haber consultado a las comunidades autónomas y al Servicio Público de Empleo Estatal sobre la situación nacional de empleo, el Ministerio ha decidido limitar las contrataciones al trabajo temporal o de campaña y por obra y servicio para 2022, principalmente por los estragos de la pandemia que aún azotan el mercado laboral interior.
Otra de las novedades de este año es que, por primera vez, se abre la posibilidad de desarrollar proyectos de migración circular en todos los sectores de actividad. Asimismo, el texto ofrece la posibilidad de que se extiendan los contratos hasta 12 meses desde su firma, y no 9 como estaba estipulado hasta ahora.
Además, en 2021 se llevó a cabo un nuevo proyecto piloto de migración circular con Honduras, por lo que se produjo el primer contingente de trabajadores procedentes de este país por esta vía. En 2022, 250 trabajadores hondureños serán contratados para la participación en campañas agrícolas dentro de este programa. También hay programas abiertos con Marruecos, Colombia y Ecuador.
Por último, esta orden prevé una revisión de las condiciones de habitabilidad de los alojamientos para trabajadores migrantes de temporada y campaña en la agricultura, a través de, por ejemplo, la colaboración con la Organización Internacional para las Migraciones (OIM) para la verificación de los alojamientos de estos trabajadores.
Principales características de la GECCO
La orden Ministerial recalca que uno de los principios reflejados tanto en la Agenda 2030 como en el Pacto Global de Migraciones, es precisamente la necesidad de articular e incrementar vías para una migración segura, ordenada y regular. En consonancia, la política migratoria de nuestro país va encaminada en ese sentido al regular estas órdenes de gestión colectiva de trabajadores de la mejor manera posible.
Asimismo, en dicha orden se regula cómo se llevará a cabo la gestión colectiva de contrataciones en origen durante un año determinado. Según las condiciones que se presenten en el momento de su emisión, puede aprobarse lo siguiente:
- La regulación de puestos de trabajo de carácter estable según la previsión de las necesidades del sistema productivo para el año en curso.
- El establecimiento de un número de visados para búsqueda de empleo dirigidos a hijos o nietos de español de origen o limitados a determinadas ocupaciones.
- La determinación de las particularidades en el procedimiento reglamentariamente previsto para la contratación de trabajadores de temporada o por obra o servicio, sin establecer una cifra de puestos a cubrir ni una delimitación de ocupaciones laborales.
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