La subida de las pensiones para 2021 será de forma generalizada del 0,9%, pero las mínimas se incrementan el doble: 1,8%
La subida general de las pensiones en 2021 será del 0,9%, pero en algunos tipos de pensiones se dará otro tipo de subida. Las pensiones mínimas se incrementan, según puede extraerse de los Presupuestos Generales del Estado o PGE, en un 1,8% para 2021.
Las diferentes pensiones mínimas tendrán en 2021 una subida del 1,8% y se aplica al umbral por lo bajo de cada uno de los tipos:
- incapacidad permanente.
- viudedad y orfandad.
- favor de familiares.
- pensiones SOVI.
El sindicato USO te explica cuál es la subida de tu pensión en función del tipo, en el caso de que no esté incluida en la subida general del 0,9%.
¿Cómo quedan las pensiones mínimas con la subida prevista para 2021?
Suben el 1,8% en 2021 las pensiones mínimas de:
- jubilación a los 65 años:
- con cónyuge a cargo: de 843,4 a 858,58 euros mensuales.
- sin cónyuge (unidad económica unipersonal): de 683,5 a 695,8 euros.
- con cónyuge NO a cargo: de 648,7 a 660,38 euros.
- jubilación menor de 65 años:
- con cónyuge a cargo: de 790,7 a 804,9 euros.
- sin cónyuge (unidad económica unipersonal): de 639,5 a 651 euros.
- con cónyuge NO a cargo: de 604,4 a 615,3 euros.
- jubilación con 65 años procedente de gran invalidez:
- con cónyuge a cargo: de 1.265,1 a 1.287,87 euros.
- sin cónyuge (unidad económica unipersonal): de 1.025,3 a 1.043,76 euros.
- con cónyuge NO a cargo: de 973,1 a 990,62 euros.
Tengo una pensión de incapacidad permanente: también suben las mínimas
A las pensiones mínimas de incapacidad permanente también se le aplicará en 2021 la subida del 1,8%. La cuantía mensual quedará, en función del grupo, de la siguiente manera:
- gran invalidez:
- con cónyuge a cargo: de 1.265,1 a 1.287,87 euros.
- sin cónyuge (unidad económica unipersonal): de 1.025,3 a 1.043,76 euros.
- con cónyuge NO a cargo: de 973,1 a 990,62 euros.
- absoluta o total con 65 años de edad:
- con cónyuge a cargo: de 843,4 a 858,58 euros.
- sin cónyuge (unidad económica unipersonal): de 683,5 a 695,8 euros.
- con cónyuge NO a cargo: de 648,7 a 660,38 euros.
- total con edad entre 60 y 64 años:
- con cónyuge a cargo: de 790,7 a 804,9 euros.
- sin cónyuge (unidad económica unipersonal): de 639,5 a 651 euros.
- con cónyuge NO a cargo: de 604,4 a 615,3 euros.
- total derivada de enfermedad común menor de 60 años:
- con cónyuge a cargo: de 503,9 a 512,97 euros.
- sin cónyuge (unidad económica unipersonal): de 503,9 a 512,97 euros.
- con cónyuge NO a cargo: de 499,5 a 508,49 euros.
Pensiones mínimas de viudedad y orfandad: subida de 2021
Las pensiones mínimas de viudedad, de orfandad y de orfandad absoluta también experimentarán la subida del 1,8% en 2021. Las cuantías mensuales quedarán de la siguiente forma:
- viudedad:
- con cargas familiares: de 790,7 a 804,93 euros.
- con 65 años o con discapacidad igual al 65% o mayor: de 683,5 a 695,8 euros.
- entre 60 y 64 años: de 639,5 a 651,01 euros.
- menor de 60 años: de 517,8 a 527,12 euros.
- orfandad:
- por beneficiario: de 208,9 a 212,66 euros.
- por beneficiario menor de 18 años o con discapacidad igual al 65% o mayor: de 411 a 418,4 euros.
- orfandad absoluta:
- un solo beneficiario: de 726,7 a 739,78 euros.
- varios beneficiarios (N): de 208,9 en conjunto + 517,8 x N (por cada uno de los beneficiarios); a 212,66 + 527,1 x N
Subida de otras pensiones: favor de familiares y SOVI
La pensión mínima mensual por favor de familiares pasa de 208,9 euros a 212,66 por beneficiario.
En el caso de no existir viuda ni huérfano pensionistas:
- un solo beneficiario con 65 años: de 504,8 a 513,89 euros.
- un solo beneficiario menor de 65 años: de 475,8 a 484,36 euros.
- varios beneficiarios (N): de 208,9 en conjunto + 308,9 x N (por cada uno de los beneficiarios); a 212,66 + 314,76 x N.
Las pensiones SOVI son las Pensiones del Seguro Obligatorio de Vejez e Invalidez. Es un régimen residual de la legislación del extinguido régimen que no da derecho a pensión del actual Sistema de la Seguridad Social salvo en algunos casos. Para quienes la perciben, la pensión mínima mensual pasa en 2021 a:
- vejez, invalidez y viudedad: de 437,7 a 445,58 euros.
- prestaciones SOVI concurrentes: de 424,8 a 432,45 euros.
¿Cómo queda el límite de ingresos sin incluir la pensión?
Este se mide en cómputo anual. Queda de la siguiente forma aplicando la subida de 2021:
- con cónyuge NO a cargo: de 7.638 euros a 7.775,48.
- con cónyuge a cargo: de 8.909 euros a 9.069,36,
- sin cónyuge (unidad económica unipersonal): de 7.638 euros a 7.775,48.
¿Cuál será la pensión máxima en 2021?
El importe de la pensión máxima, una vez aplicada la subida prevista del 0,9% para 2021, será de 2.707,49 euros. Es decir, la pensión máxima se revaloriza en 24,15 euros mensuales.
¿Cuál es la pensión media mensual en España?
La pensión media registrada en el sistema es de 985,21 euros al mes, según datos de noviembre. Con una subida del 0,9% en la pensión para 2021, el incremento de la pensión media sería de 8,86 euros al mes.
Si nos centramos en la pensión media de jubilación, ahora está en 1.169 euros mensuales. Por lo tanto, aplicándole el 0,9% de subida, subiría 10,5 euros por mes, hasta los 1.179,50 euros.
¿Cuáles son las pensiones más comunes en España?
Que la pensión máxima ronde los 3.000 euros y la media casi los 1.000 enmascara la realidad más común. ¿Qué ocurre con la mayoría de las pensiones? Que están por debajo del actual SMI.
Según los datos de octubre, el 61,6% de nuestros pensionistas cobran menos de 950 euros. Pero, además, la pensión más común en España es muy inferior a ese SMI. El tramo más común de las pensiones es el de 650 a 750 euros mensuales. Un 12% de nuestros pensionistas cobran eso cada mes. Son pensiones que acercan a esas personas, la mayoría mujeres, al umbral de la pobreza extrema. Y que necesitan mucho más que una revalorización del 1,8% para ser una pensión digna.
Como venimos reivindicando desde USO, es necesario blindar las pensiones en la Constitución para garantizar no solo cobrar una pensión, sino que esta sea digna. Y, además, es urgente equiparar la pensión mínima al SMI. Si este es el salario mínimo para llevar una vida digna, también es la percepción mínima necesaria para una vejez digna.
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