El Tribunal Supremo ratifica la sentencia de la Audiencia Nacional y reconoce el derecho adquirido de los trabajadores de Fujitsu a la cesta de Navidad
El Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia de la Audiencia Nacional de 6 de febrero de 2018 por la cual se reconocía el derecho de los trabajadores de Fujitsu Technology Solutions a recibir la cesta de Navidad de 2016. Así lo había denunciado USO en esa y otras instancias.
En la demanda interpuesta ante la Audiencia, queda acreditado que la empresa obsequió a los trabajadores con la cesta de Navidad desde el inició de su actividad, a excepción de 1997, año en el que la empresa sustituyó la entrega de dicha cesta por un cheque-regalo. Fue en 2013 cuando la empresa comunicó a los trabajadores que ese año no haría entrega de la cesta, por reducción de costes.
Tras la sentencia de la AN, en la que se reconoce el derecho de los trabajadores a percibirla, la empresa presentó recurso de casación ante el Tribunal Supremo. Dicho recurso se fundamenta en un único motivo, considerando la empresa que la entrega de la cesta de navidad no es una condición más beneficiosa de los trabajadores. El Alto Tribunal señala que la figura de la condición más beneficiosa es una creación jurisprudencial, y que no puede se puede fijar un criterio general en relación a si la entrega de la cesta de Navidad es un derecho adquirido como condición más beneficiosa ni tampoco si se trata de una liberalidad de la empresa. Es decir, hay que tener en cuenta las circunstancias en cada caso.
La cesta se entregaba de forma regular y el Supremo la considera una condición de trabajo incorporada al contrato
Para el presente supuesto, el TS entiende que Fujitsu venía entregando la cesta de Navidad de manera regular con voluntad de beneficiar a los trabajadores, por lo que no se trata de una liberalidad de la empresa. Además, teniendo en cuenta el desembolso económico que supone para esta, así como el volumen de la plantilla, el Supremo considera que se trata de una condición de trabajo incorporada al contrato de trabajo de los trabajadores. Y, en consecuencia, desestima dicho recurso de casación, ratifica la sentencia de la Audiencia Nacional y reconoce el derecho de los trabajadores a recibir la cesta de Navidad de 2016.
“Gracias a esta sentencia, que sienta jurisprudencia, y a otras que se han ido consiguiendo en diferentes instancias, se restablecen derechos y condiciones más beneficiosas que los trabajadores ya tenían antes de la crisis y que se suspendieron puntualmente, a veces incluso como un esfuerzo o sacrificio para pasar ese período, pero que luego la empresa aprovechó para eliminarlos de un plumazo. Nos satisface que el Supremo reconozca esa puntualidad de la medida y exija que se restituya el derecho adquirido, tal y como desde la negociación colectiva hemos intentado primero en las mesas”, valora Sara García, secretaria de Acción Sindical y Salud Laboral de USO.
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