Hace más de un mes que el Tribunal Supremo estableció que la prestación por maternidad está exenta de IRPF. Sin embargo, la Agencia Tributaria aún no ha articulado el trámite para la devolución automática de las tributaciones pagadas.
No obstante, y dado que Hacienda ha asumido ya el fallo judicial, ha anunciado que, en fechas inmediatas, difundirá un formulario tipo para recuperar las tributaciones.
Formulario para devolución de tributaciones por prestación de maternidad
“Esta misma semana, en un desayuno informativo, la ministra de Hacienda, María Jesús Montero, afirmaba que el formulario estará listo en unos días, pero llevaban semanas anunciándolo. En USO ya facilitamos un formulario tipo de devolución que deben tener en cuenta sobre todo los progenitores que tengan que hayan sido padres en 2014 y hayan declarado la prestación en 2015, ya que a 30 de junio de 2019 pierden el derecho y, de no hacer público la Agencia Tributaria su propio formulario, deben reclamarlo igualmente”, explica Dulce María Moreno, secretaria de Formación Sindical e Igualdad de USO.
Sí ha hecho público la Agencia Tributaria que, con respecto a la prestación por maternidad que se haya recibido en este 2018, la AEAT ya incluirá los datos fiscales correspondientes en los borradores de la Renta.
Allí, informa Hacienda, vendrá incorporada la prestación por maternidad o paternidad como renta exenta y las retenciones soportadas serán deducibles.
Así, las contribuyentes, en su mayoría, pero igualmente los padres que hayan compartido la prestación, solo tendrán que confeccionar y presentar sus declaraciones utilizando los datos que se les ofrezcan, revisando obviamente que, de forma efectiva, ha sido tenido en cuenta esa exención.
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