Los días 21 y 22 de marzo se celebró en el Paraninfo de la Universidad Laboral de Gijón el VIII Foro de Prevención. A este foro, organizado por USO Asturias, acuden anualmente tanto afiliados y delegados del sindicato como estudiantes y profesores del ciclo formativo de Técnico Superior en Prevención de Riesgos Profesionales, que se imparte en el Centro Integrado de Formación Profesional, existente en dicha universidad laboral.
En su primer día, estuvo presente Sara García de las Heras, secretaria confederal de Acción Sindical e Igualdad, quien abordó la precarización del mercado de trabajo que llevamos años experimentando y su impacto en la salud laboral. En dicha ponencia, Sara García explicó cómo el aumento de la contratación temporal y el empeoramiento de la calidad del empleo pueden estar contribuyendo al incremento de la siniestralidad laboral y de la incidencia de las dolencias de origen profesional en los trabajadores y trabajadoras españolas.
Asimismo recordó cómo la Ley de Mutuas continúa causando complicaciones en el día a día de los trabajadores y mostró como se están incrementando también las reclamaciones a éstas por altas indebidas y por el no reconocimiento de las contingencias profesionales. Igualmente trató la preocupación de nuestro sindicato por el uso cada vez más habitual por parte de algunas empresas de prácticas como los “reposos preventivos” o la “asignación de segunda ocupación” y recalcó que frente a estas prácticas son los trabajadores temporales los que lo tienen más difícil a la hora de efectuar reclamaciones o denuncias.
En el mismo día, también como viene siendo habitual en este Foro, se contó con la colaboración del Instituto Asturiano de Prevención. En este caso, uno de los técnicos de dicha entidad contó cómo llevar a cabo la prevención de riesgos laborales en los espacios confinados.
Tras el descanso, Sara García Cabrero, responsable del Gabinete de Salud Laboral de USO, habló sobre el impacto de la temporalidad y la subcontratación en la siniestralidad laboral, tratando así mismo el cumplimiento de las obligaciones empresariales en prevención de riesgos laborales, centrándose especialmente en aquellos casos en los que intervienen las ETT, y en los que se da una concurrencia empresarial en un centro de trabajo.
Sobre los contratos de puesta a disposición, recordó que la ETT debe asegurarse que previamente a la puesta a disposición, los trabajadores deben poseer la formación teórica y práctica en PRL necesaria para el puesto. En caso contrario, ésta deberá facilitar dicha formación, previamente a la prestación de servicios, formando parte de la duración del contrato. La celebración de un contrato de puesta a disposición sólo será posible para la cobertura de un puesto de trabajo respecto del que se haya realizado evaluación de riesgos. Sobre la coordinación de actividades empresariales hizo especial hincapié en la importancia de informar a los trabajadores y trabajadoras sobre los riesgos derivados de la concurrencia.
Tras su intervención, miembros de la asociación Alcohólicos Anónimos abordaron la problemática del alcoholismo en el trabajo y las posibles estrategias para hacerlo frente sin poner en riesgo el empleo de las personas afectadas.
Comments are closed.